TENGA EN CUENTA ESTO A LA HORA DE PRESENTAR SU DECLARACIÓN DE RENTA COMO PERSONA NATURAL

Este blog analiza los cambios provocados por la ley 2277 de 2022 en la declaración de renta de personas naturales, destacando ajustes en deducciones, exenciones e impuestos. Ofrece orientación para cumplir con las nuevas disposiciones de manera precisa y transparente, promoviendo el correcto funcionamiento del sistema tributario.

Equipo de Marketin

4/9/20242 min read

La entrada en vigor de la ley 2277 de 2022 ha marcado un hito significativo en el panorama fiscal, especialmente en lo que respecta a la declaración de renta de personas naturales.

Entre las modificaciones más destacadas se encuentran ajustes en los límites de deducciones, rentas exentas y tarifas de impuestos, a partir del año gravable 2023, los contribuyentes deben tener en cuenta una serie de aspectos clave al momento de realizar su declaración de renta.

Si eres asalariado:

  • Es imperativo solicitar siempre la factura electrónica, ya que podrás descontar del impuesto el 1% del total de estas compras, hasta un tope total de 240 UVT, es decir para el año 2023 $10.178.880.

  • Puedes incluir en tu declaración de renta hasta 4 dependientes con un máximo de 72 UVT por cada uno.

  • El máximo de deducciones permitido será de 1.340 UVT, equivalente a $56.832.000 para el 2023. Este límite experimentó un cambio significativo, ya que anteriormente era de 5.040 UVT, es decir, $191.540.160.

  • El límite de rentas exentas a partir de la entrada en vigor de la ley 2277 es de 790 UVT, es decir, $33.505.480 para el año 2023. Anteriormente, este límite era de 2.880 UVT, es decir, $109.451.520.

  • La deducción de intereses por crédito hipotecario sigue con un límite de 1.200 UVT.

  • La deducción de medicina prepagada se mantiene con un límite de 192 UVT.

  • La deducción de aportes a AFC se mantiene con un límite de 3.800 UVT.

Si percibes ingresos por dividendos, estos pasan a formar parte de la renta de cédula general.

El porcentaje de las ganancias ocasionales aumentó del 10% al 15% y se mantuvo en el 20% para las rifas y apuestas.

En las ganancias ocasionales son exentas:

  • Hasta 5.000 UVT de la utilidad generada por venta de casa habitacional si es para pagar el crédito hipotecario o si se va a invertir en AFC.

  • El equivalente a las 3.250 UVT del valor de las asignaciones por concepto de porción conyugal o de herencia o de legado recibidas por el cónyuge y cada uno de los legatarios.

  • El 20% del valor de los bienes y derechos recibidos por personas diferentes de los legitimarios y/o el cónyuge por concepto de herencia y legados.

  • El 20% de los derechos recibidos por concepto de donación y de otros actos jurídicos inter vivos celebrados a título gratuito, sin que supere 1.625 UVT.

Personas naturales obligadas a presentar declaración de renta por el AG 2023, con vencimiento a partir de agosto de 2024:

  • Personas con un patrimonio igual o superior a 4.500 UVT (Año 2023 $190.854.000)

  • Personas con ingresos superiores a 1.400 UVT  (Año 2023 $59.376.800)

  • Consumo con tarjetas de crédito y compras que sumen un valor igual o superior a 1.400 UVT  (Año 2023 $59.376.800)

  • Que el valor de las consignaciones sean superior o igual a 1.400 UVT (Año 2023 $59.376.800)

La implementación de la ley 2277 de 2022 ha traído consigo una serie de cambios sustanciales en el régimen fiscal, particularmente en lo que respecta a la declaración de renta de personas naturales; estas modificaciones han generado la necesidad de una mayor atención y comprensión por parte de los contribuyentes, a fin de cumplir con las nuevas disposiciones de manera adecuada y evitar posibles sanciones.